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¿Autónomo o sociedad limitada? Cuándo compensa el cambio

Cómo comparar lo que pagas como autónomo y como sociedad limitada, qué costes añade una sociedad y a partir de qué beneficio suele merecer la pena estudiarlo.

Por Elena Ribera

Es la pregunta que más nos hacen los autónomos que crecen. La respuesta corta: depende de tu beneficio, no de lo que facturas. La larga necesita números, y aquí te contamos cuáles miramos.

Cómo tributa cada uno

Como autónomo, tu beneficio tributa en el IRPF, que es progresivo: cuanto más ganas, mayor es el porcentaje que pagas por la parte alta.

Una sociedad paga el Impuesto de Sociedades sobre su beneficio, con un tipo fijo: el general es del 25 %, y es más bajo para empresas pequeñas y de nueva creación. Lo que tú cobras de la sociedad (sueldo o dividendos) tributa después en tu IRPF.

Lo que añade una sociedad

  • Constitución: notaría, registro y gestión inicial.
  • Contabilidad completa según el Plan General Contable y depósito de cuentas anuales.
  • Cuota de autónomo societario, que suele ser algo más alta.
  • Más obligaciones formales: libro de actas, Impuesto de Sociedades, cuentas en el Registro Mercantil.

Cuándo suele compensar

Como referencia, a partir de unos 40.000 a 50.000 € de beneficio al año merece la pena hacer los números. También influyen otras cosas:

  • Si vas a reinvertir buena parte del beneficio en el negocio, la sociedad suele salir mejor.
  • Si necesitas limitar tu responsabilidad ante deudas del negocio.
  • Si vas a tener socios o quieres dar entrada a un inversor.
  • Si tus clientes o licitaciones piden trabajar con una sociedad.

Cómo lo estudiamos

En la primera consulta comparamos tu último ejercicio en los dos escenarios: impuestos, cuotas y costes de gestión. Si el cambio compensa, te decimos cuándo hacerlo (normalmente a principio de año) y lo tramitamos en unas tres semanas.

Artículo de ejemplo de un negocio ficticio. Las cifras son orientativas y cada caso necesita su propio cálculo.

Pregúntanos por tu caso

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